Kit
Digital
Desarrollo
Página Web
1.990 €*
Dominio (1 año)
Hosting (1 año)
Diseño de la web
Implementación plantilla
Entorno CRM WordPress
Web adaptada a todo tipo de dispositivos
Sistema autogestionable
Desarrollo
Tienda Online
1.990 €*
Creación y diseño de la tienda online
Alta del catálogo de productos
Integración de los métodos de pago
Diseño adaptado a todos los dispositivos
Posicionamiento básico en internet
Gestión
Redes Sociales
1.990 €*
Gestión de una red social
Análisis y optimización de rendimiento
Definición e implementación de estrategia
Publicación de 4-8 posts mensuales
Monitorización e informes
Presencia Avanzada
en Internet
1.990 €*
Posicionamiento básico en internet
Presencia avanzada en Internet y el análisis de palabras clave
Análisis de la competencia
SEO On-Page y Off-Page
Informes mensuales de seguimiento
¿Qué es el Bono Kit Digital?
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transición Digital, a través de red.es ha publicado la convocatoria de ayudas Kit Digital. Se trata de una Subvención para la Modernización Digital y la mejora de la competitividad. La financiación de las ayudas se efectúa con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por el Plan europeo Next Generation de la Unión Europea.
Esta ayuda está enfocada a autónomos, microempresas y PYMES de hasta 50 empleados, con domicilio de actividad en España.
El objetivo de esta ayuda es mejorar el proceso de digitalización y competitividad de estos colectivos, facilitando a las empresas y emprendedores acceder a diferentes soluciones tecnológicas digitales.
Preguntas Frecuentes
¿Cuáles son los requisitos?
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas establecido por la Unión Europea.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima de 6 meses.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis: 200.000 €.
¿Qué plazo tengo de solicitud?
En función del número de trabajadores deberás cumplir un plazo u otro.
Segmento 1
Pequeñas empresas entre 10 y 49 trabajadores:
15 de marzo al 15 de septiembre (2022).
Segmento 2
Pequeñas empresas entre 3 y 9 trabajadores:
PRÓXIMAMENTE.
Segmento 3
Empresas y autónomos entre 1 y 2 trabajadores
PRÓXIMAMENTE.
¿Qué cuantía puedo llegar a subvencionar?
¿Qué obligaciones tendría?
- Cumplir la Ley General de Subvenciones
- Comunicar otras ayudas
- Declarar las ayudas minimis
- Declarar fiscalmente la ayuda
- Sistema de contabilidad separada
- Medidas de anti fraude
- Someterse a controles
- Actividad medioambientalmente responsable
- Beneficiario Base de Datos Nacional de Subvenciones y Registro de
- Beneficiarios de Fondos Europeos
¿Qué documentación debo aportar?
* El precio no incluye IVA / IGIC.